sábado, 22 de noviembre de 2014

El DAFP se pronuncia sobre nuestras observaciones.

Luego del artículo "Opiniones sobre la expedición del decreto general (2351 de 2014) que extiende la prima de servicios territorial.", en el cual se advertía de la omisión de las empresas sociales del Estado -ESE-, en la enunciación textual de las entidades destinatarias del decreto 2351 de 2014, preocupación basada
en anuncios de varios gerentes de hospitales sobre su no pago por falta de la mención explicita, pese a ser las ESE parte del sector descentralizado departamental, distrital o municipal; la directora del DAFP, Dra. Liliana Caballero Duran, ha elaborado una comunicación dirigida a los representantes legales, entre otras entidades, de las empresas sociales del Estado ESE, en la cual precisa la aplicabilidad del decreto a las mismas.
de nuestro artículo "

Valoramos la precisión realizada, aunque mantenemos nuestra crítica en los siguientes aspectos:

1. La discriminación injustificada sobre la aplicación temporal del decreto solo para 2015 a diferencia de las entidades a las cuales previamente se les autorizó recibir el derecho a partir 2014.

2. Sobre la exclusión de las Universidades territoriales.

3. La ausencia de definición respecto de la inclusión de la bonificación por servicios prestados, y

4. Pese al comunicado aclaratorio, omite el gobierno la mención del acuerdo sindical de 2013 y todo el desarrollo conjunto para llegar a su decreto que presenta omitiendo el papel sindical en el punto.

Insistiresmos en los asuntos pendientes.


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